Estructuras, Inyecciones y Aguas, S.L.
Canal Ético: Estructuras, Inyecciones y Aguas, S.L.
ESTRUCTURAS INYECCIONES Y AGUAS S.L. dispone de un Canal Ético (ver / abrir formulario de comunicaciones) mediante el cual cualquier empleado o tercero que desee formular una consulta relacionada con el Código de Conducta, las Políticas o la Normativa, o tenga conocimiento de un incumplimiento de las mismas, o de cualquier acto ilícito cometido en la Compañía tanto penal como en materia de defensa de la competencia, o de cualquier otra índole, deberá comunicarlo a la compañía con plenas garantías y sin temor a sufrir ninguna represalia.
La Política de ESTRUCTURAS INYECCIONES Y AGUAS S.L. en materia de Sistema Interno de Información y Defensa del Informante resulta de la conjunción de tres elementos:
- El compromiso de la Entidad con la promoción de una verdadera cultura ética empresarial.
- La identificación de las personas de ESTRUCTURAS INYECCIONES Y AGUAS S.L. con valores, principios y pautas éticas y de conducta establecidos en el Código de Conducta.
- El alineamiento de la actividad de la Entidad con un cumplimiento legal responsable, visible en el diseño y la organización de los procesos, y en los procedimientos de compliance.
Como principio general, EIA cumplirá escrupulosamente en la gestión del Canal ético con la legislación actual (artículo 31 bis y concordantes de la L.O. 1/2015 y 1/2019 de modificación del Código Penal) , la Directiva UE 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión Europea, y la Ley 2/2023 de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, así como con la Normativa vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal.
Las personas trabajadoras de ESTRUCTURAS INYECCIONES Y AGUAS S.L. se encuentran vinculadas por el Código de Conducta y la Política del canal ético, y asumen su cumplimiento, estando obligados a informar de los posibles riesgos e incumplimientos al Órgano de control interno a través del Canal Ético.

